Medidas ordinarias y extraordinarias de atención a la diversidad: qué son, ejemplos y quién decide
Las medidas ordinarias se aplican sin modificar los elementos del currículo; las extraordinarias sí los ajustan y requieren evaluación de orientación.
En este artículo vas a encontrar
- El marco común
- Tabla comparativa
- Ejemplos de medidas ordinarias
- Ejemplos de medidas extraordinarias
- El orden lógico de aplicación
- Cómo documentarlas
- Qué buscar en tu normativa autonómica
- Errores frecuentes
- Ejemplo práctico: un mismo alumno a lo largo de dos cursos
- Preguntas frecuentes del claustro
- La coordinación que hace que funcionen
- Medidas en Infantil y en ESO
- Para concretar las medidas
Las medidas ordinarias se aplican sin modificar de forma significativa los elementos del currículo. Las extraordinarias sí los modifican, o cambian la escolarización, y requieren evaluación psicopedagógica y un procedimiento formal.
La distinción es útil para ordenar la respuesta educativa, pero cada comunidad usa su propia terminología: medidas generales, ordinarias, específicas, extraordinarias o niveles numerados. Este artículo explica la lógica común y te indica qué revisar en tu normativa.
El marco común
La LOE modificada por la LOMLOE establece que la atención a la diversidad es un principio de la enseñanza básica y que las administraciones deben adoptar medidas organizativas y curriculares para atender al alumnado. Los reales decretos 157/2022 y 217/2022 añaden que las medidas deben basarse en el Diseño Universal para el Aprendizaje y aplicarse con prioridad las de carácter ordinario e inclusivo.
A partir de ahí, cada comunidad desarrolla su decreto de inclusión o de atención a la diversidad, con su clasificación, sus documentos y sus procedimientos.
Tabla comparativa
| Aspecto | Medidas ordinarias o generales | Medidas extraordinarias o específicas |
|---|---|---|
| Afectan al currículo | No de forma significativa | Sí, o a la escolarización |
| Destinatarios | Todo el grupo o alumnado concreto | Alumnado con necesidades identificadas |
| Requisito previo | Observación, evaluación inicial | Evaluación psicopedagógica |
| Quién las aplica | Profesorado, coordinado por el tutor | Equipo docente, especialistas, según resolución |
| Documentación | Programación, plan de refuerzo | Informe psicopedagógico, ACI significativa, resoluciones |
| Ejemplos | DUA, refuerzo, agrupamientos, adaptación de acceso | ACI significativa, flexibilización, permanencia extraordinaria |
Ejemplos de medidas ordinarias
Para todo el grupo
- Pautas DUA en la programación: información en varios formatos, opciones de expresión, implicación.
- Metodologías activas y variadas: aprendizaje cooperativo, tutoría entre iguales.
- Agrupamientos flexibles y desdobles.
- Plan de acción tutorial.
Para alumnado concreto
- Refuerzo educativo dentro del aula (segundo docente).
- Plan de refuerzo individualizado para alumnado que promociona con áreas pendientes o con dificultades.
- Adaptaciones de acceso: material ampliado, más tiempo, ubicación.
- Adaptaciones curriculares no significativas: cambios en metodología, actividades o instrumentos sin cambiar los criterios.
- Programas de enriquecimiento para alumnado con altas capacidades dentro del aula.
Ejemplos de medidas extraordinarias
- Adaptación curricular significativa: se modifican los criterios de evaluación de referencia, normalmente tomando los de cursos anteriores. Solo para ACNEE y con evaluación psicopedagógica.
- Flexibilización de la escolarización para alumnado con altas capacidades.
- Permanencia extraordinaria de un año más en una etapa para alumnado con necesidades educativas especiales, según la normativa.
- Programas de diversificación curricular en 3.º y 4.º de ESO, previstos en la LOMLOE.
- Escolarización en aulas específicas o en centros de educación especial, según dictamen.
- Apoyos especializados de PT y AL con horario determinado.
La clasificación exacta de cada una (ordinaria, específica, extraordinaria) varía según la comunidad.
El orden lógico de aplicación
- Medidas generales del grupo (DUA, metodología).
- Medidas ordinarias para el alumno (refuerzo, adaptación de acceso, no significativa).
- Si no son suficientes, derivación a orientación para evaluación psicopedagógica.
- Medidas específicas o extraordinarias según el informe.
Saltarse pasos suele traer problemas: pedir una ACI significativa sin haber probado antes medidas ordinarias, o mantener durante años medidas que no funcionan sin derivar.
Cómo documentarlas
| Medida | Dónde se recoge habitualmente |
|---|---|
| DUA y metodología del grupo | Programación didáctica y de aula |
| Refuerzo y planes individualizados | Plan de refuerzo, acta de evaluación |
| Adaptación de acceso y no significativa | Programación de aula, documento de medidas del centro |
| ACI significativa | Documento de ACI según el modelo autonómico |
| Flexibilización, permanencia | Resolución administrativa, expediente |
Algunas comunidades exigen registrar las medidas en su plataforma de gestión. Pregunta en jefatura o en orientación qué modelo y qué plazos se aplican.
Qué buscar en tu normativa autonómica
- El decreto de inclusión o de atención a la diversidad vigente.
- La orden o instrucciones que regulan el procedimiento de identificación del alumnado NEAE.
- Los modelos de documentos (informe psicopedagógico, ACI, plan de refuerzo).
- La clasificación de medidas (si usa niveles o categorías).
- Los plazos para proponer medidas extraordinarias.
Errores frecuentes
- Confundir adaptación de acceso con adaptación curricular. Dar más tiempo no cambia el currículo.
- ACI significativa para alumnado ACNEAE no ACNEE. En general, solo procede para alumnado con necesidades educativas especiales.
- Medidas en el papel que no se aplican en el aula.
- No revisar: toda medida debe evaluarse cada trimestre.
- No informar a la familia de las medidas aplicadas.
Ejemplo práctico: un mismo alumno a lo largo de dos cursos
En 2.º de Primaria, un alumno lee con mucha dificultad. El tutor aplica medidas generales (lectura diaria en pequeño grupo, apoyos visuales) y refuerzo dentro del aula. Tras la primera evaluación, se diseña un plan de refuerzo. En la segunda evaluación, el progreso es escaso y el tutor deriva a orientación. La evaluación psicopedagógica identifica una dificultad específica de aprendizaje de la lectura: el alumno pasa a ser ACNEAE y se acuerdan adaptaciones no significativas y de acceso (más tiempo, valoración oral, textos adaptados). No se necesita ACI significativa: sus criterios siguen siendo los de su curso.
Preguntas frecuentes del claustro
¿Un alumno sin informe de orientación puede tener medidas? Sí. Las medidas generales y ordinarias no requieren identificación previa: se aplican a quien las necesita a partir de la observación y la evaluación del profesorado.
¿La repetición de curso es una medida de atención a la diversidad? La LOMLOE la configura como medida excepcional, que se adopta tras haber aplicado otras medidas ordinarias de refuerzo, y con un plan específico para el curso que se repite. Las condiciones concretas las desarrolla cada comunidad.
¿Se puede quitar una medida? Sí. Las medidas se revisan periódicamente y se retiran cuando dejan de ser necesarias. En las extraordinarias, la retirada sigue el mismo procedimiento formal con el que se adoptaron.
¿Quién informa a la familia? El tutor, con apoyo de orientación cuando se trata de medidas específicas o extraordinarias. En algunas comunidades, determinadas medidas exigen la conformidad por escrito de la familia.
La coordinación que hace que funcionen
Una medida bien diseñada fracasa si cada docente la aplica a su manera. Para que funcione, conviene que el tutor comparta con el equipo docente una ficha breve por alumno con las medidas acordadas (sin datos sensibles innecesarios), que se revisen en cada sesión de evaluación y que el equipo de orientación haga seguimiento de los casos con medidas específicas. En Secundaria, con muchos profesores por grupo, esta coordinación es todavía más importante: basta que un profesor no aplique la medida para que el alumno pierda la materia.
Medidas en Infantil y en ESO
En Infantil, la mayoría de las medidas son generales y de detección temprana: observación sistemática, coordinación con los equipos de atención temprana, apoyos dentro del aula y, en algunos casos, escolarización con recursos específicos. Las adaptaciones significativas son poco frecuentes en esta etapa.
En ESO aparecen medidas propias de la etapa: programas de diversificación curricular en 3.º y 4.º, optatividad, agrupamientos flexibles por materias y, según la comunidad, programas específicos de refuerzo en 1.º.
Para concretar las medidas
El generador de ACI te propone medidas de acceso, metodológicas y de evaluación según el perfil, el curso y el área, sin datos personales. Tienes el marco en la guía de adaptaciones curriculares y un modelo en ACI: adaptación curricular individualizada.
Preguntas frecuentes
¿Cuáles son las medidas ordinarias de atención a la diversidad?
Son medidas que se aplican al grupo o a alumnado concreto sin modificar de forma significativa los elementos del currículo: metodologías variadas, pautas DUA, refuerzo dentro del aula, agrupamientos flexibles, desdobles, adaptaciones de acceso y adaptaciones no significativas, planes de refuerzo y de acción tutorial.
¿Qué son las medidas extraordinarias de atención a la diversidad?
Son medidas que modifican de forma significativa los elementos del currículo o la escolarización: adaptaciones curriculares significativas, flexibilización por altas capacidades, permanencia extraordinaria, programas de diversificación curricular o escolarización en modalidades específicas. Requieren evaluación psicopedagógica y el procedimiento que fije cada comunidad.
¿Qué son las medidas II y III?
Algunas comunidades clasifican las medidas en niveles (por ejemplo, medidas de nivel I, II y III, o generales, ordinarias, específicas). La numeración y su contenido dependen de la normativa autonómica: consulta el decreto de inclusión o de atención a la diversidad de tu comunidad.
¿Quién decide las medidas de atención a la diversidad?
Las ordinarias las aplica el profesorado, coordinado por el tutor y con asesoramiento de orientación. Las extraordinarias se proponen tras la evaluación psicopedagógica y siguen el procedimiento autonómico, que puede incluir la conformidad de la familia y la autorización de la administración.
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